PLAN DE MEDIDAS ADOPTADAS POR LA LIBÉLULA COVID-19 (SARS-CoV-2)

PLAN DE MEDIDAS ADOPTADAS POR LA LIBÉLULA COVID-19 (SARS-CoV-2)

A la vista de la situación actual de alerta sanitaria y emergencia de Salud Pública, producida por la evolución del coronavirus COVID-19, ha tomado las siguientes medidas de protección, sin perjuicio de mantener el nivel de seguimiento permanente de la situación, actualizando las medidas y medios operativos, en función de las últimas notificaciones que nos vayan llegando por parte de las Autoridades Sanitarias o Ministeriales.

MEDIDAS ADOPTADAS:

  1. Se ha dado formación a nuestro personal funerario, respecto los procedimientos a aplicar en el manejo de cadáveres de Covid-19, de acuerdo a las Instrucciones del Ministerio de Sanidad, de la Junta de Castilla y León y de nuestro Departamento de Prevención de Riesgos Laborales:
  • ITPRL 01/2020 MEDIDAS DE PROTECCION POR EXPOSICIÓN A CORONAVIRUS (2019-nCoV).
  • Anexo I. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN FRENTE A CASOS DE INFECCIÓN POR EL NUEVO CORONAVIRUS (SARS-CoV-2) Actualizada a 27/02/2020 por el Ministerio de Sanidad.
  • Anexo I BIS. Protocolo de trabajo de manejo de cadáveres por virus 2019-nCoV Procedimiento para el manejo de cadáveres de casos de COVID-19. Actualizada a 10/3/2020, por el Ministeriod de Sanidad.
  • Anexo II. Protocolo de trabajo de colocación y retirada de EPIS.
  • Anexo III. Protocolo de validación de trabajos inicio coronavirus.
  • Anexo IV. Procedimiento para el manejo de cadáveres de casos por COVID-19. Junta de Castilla y León, Dirección General de Salud Pública.
  • Anexo V. Listado de verificación colocación y retirada de Epis Coronavirus.
  • Anexo VI. Orientaciones de la OMS acerca del actual brote de enfermedad por coronavirus (COVID-19).
  1. Como consecuencia del riesgo de contagio para nuestros trabajadores, entendiendo que somos un servicio esencial. Se cumplirá con el “PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE CADÁVERES DE CASOS DE COVID-19”, emitido por el Ministerio de Sanidad, versión 10 de marzo de 2019. Se limitará lo máximo posible las gestiones personales presenciales de los familiares de estos fallecidos en nuestras instalaciones. Esta limitación en cuanto al Velatorio ya ha sido adoptada por otros grupos funerarios locales y nacionales.
  1. Para el caso de Solicitud de Alquiler de Tanatorio, se deberán acreditar previamente la causa de fallecimiento, por el Certificado Médico Oficial de Defunción u otro que establezca a estos efectos la Administración. No autorizándose el uso de las instalaciones, tanto de cámara como de Tanatorio, en caso de fallecimiento por Coronavirus.
  1. Se aplicarán las medidas de higiene y autoprotección marcadas por el Ministerio en los puestos de atención al público.
  1. Se colocarán en las diferentes socalizaciones de las instalaciones, gel hydroalcohol a disposición de nuestro personal y del público.
  1. Se estudiarán cambios de turnos entre los trabajadores, para no coincidir en los vestuarios e instalaciones y realizar limpiezas desinfectantes entre dichos turnos.
  1. Reunión con Delegados de Personal y de Prevención, comunicando las medidas adoptadas.
  1. Se propone a los empleados que planteen otras medidas adicionales de autoprotección que consideren oportunas en sus respectivos puestos de trabajo.
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